¿Están cubiertos los accidentes laborales por los seguros de accidentes?

Sin comentarios octubre 30, 2017

Los seguros de accidentes cubre tanto el fallecimiento como la invalidez permanente y también la temporal cuya causa haya sido un accidente. Cabe destacar que la para que las coberturas tengan efecto la causa del accidente debe ser violenta, súbita y externa, así como ajena a la intencionalidad del asegurado.

Al contratar un seguro de accidentes se pueden incluir también coberturas como la hospitalización, la asistencia en viaje, la asistencia sanitaria o el pago de una renta mensual por invalidez, entre otras muchas coberturas.

Sea cual sea la modalidad de seguro de accidentes contratada, dicho seguro cubre al asegurado tanto si el accidente se produce en la vida privada como a consecuencia de su profesión o trabajo. Es decir, mientras que la causa del siniestro se accidental, el seguro haría efectivas las coberturas, independientemente de que sea un accidente laboral o no.

Además, algunos seguros ofrecen coberturas adicional con aumento de capital para accidentes de determinado tipo, como accidentes de circualción. Algunos también incluyen cobertura si el asegurado fallece a causa de una agresión, atraco o secuestro judicialmente declarados.


La clave está en la causalidad


La clave para determinar si un siniestro es o no un accidente está en causalidad, es decir, que tiene que hacer una relación causa-efecto para que el seguro se active.

Esta causa, como decíamos al principio, debe ser violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado. Por lo tanto, para que un suceso sea considerado accidental a efectos del seguro debe cumplir con esas especificaciones o características para que el asegurado o sus herederos puedan reclamar la indemnización.

La relación de causalidad es un elemento que tiene que existir para que el seguro de Accidentes se active. Es decir, tiene que haber una causa y un efecto.

Por qué contratar un seguro de accidentes cuando ya hay un seguro social

Tanto los trabajadores por cuenta ajena como los trabajadores por cuenta propia cuentan con una serie de derechos por parte de la Seguridad Social o Mutualidad correspondiente. Es decir, si debido a un accidente, laboral o no, el trabajador tiene derecho a asistencia sanitaria y hospitalización y, si sufre una incapacidad, tiene derecho a una prestación. Si fallece, su cónyuge y sus hijos menores o dependientes tienen también derecho a una prestación.

Sin embargo, esto ni garantiza el bienestar económico ni compensa las pérdidas económicas derivadas de un accidente en caso de muerte o invalidez. Ahí es donde el seguro de accidentes cobra todo su sentido.

Si estás pensando en contratar un seguro de accidentes, no dudes en solicitar información en:

 

 

 


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